Caracas
10 de mayo de 2021
COMUNICADO
SOBRE LAS ÁREAS DE FORMACIÓN CALIFICADAS CON LITERAL
Estimadas
(os) estudiantes y representantes
El presente tiene la finalidad de informar sobre la singularidad de
las áreas de formación calificadas con literal. Las áreas de formación: Orientación
y convivencia, y Grupos de creación, recreación y producción deben ser
aprobadas dentro de los tres (3) momentos pedagógicos, debido a que no está
incluidas en el proceso de revisión, por consiguiente, las y los estudiantes tienen
la responsabilidad de entregar todas las actividades de evaluación asignadas. (Art.
93 LOPNNA)
Es un requisito obligatorio aprobar estas áreas de formación, para
poder ser promovido de nivel educativo, por consiguiente, se considera que no
han culminado el año escolar, las y los estudiantes que no hayan alcanzado la calificación
mínima para aprobar (literal D). En consecuencia, deberán entregar las
actividades pendientes para poder culminar el proceso de evaluación.
La coordinación de control de estudios y evaluación no podrá emitir
ningún documento probatorio a quienes no haya culminado el año escolar, los
cuales serán requisito indispensable para obtener cupo en otras instituciones
y/o ser promovido de nivel educativo. En consecuencia, Se invita a los
estudiantes a entregar las actividades pendientes en las áreas de formación
Orientación y convivencia, y Grupos de creación, recreación y producción.
Luis Romero
Coordinador de control
de estudios y evaluación