viernes, 6 de febrero de 2015

Donde hay excepciones, no hay Justicia.

La institución esta creando un ambiente propicio para el aprendizaje basado en los valores cristianos, tal como el valor de la Justicia . 

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DEBERES DE LOS Y LAS ESTUDIANTES

ARTÍCULO 75. Deberes de los/as estudiantes de la institución:

1. Cumplir con los deberes referidos en el artículo 93 de la LOPNNA:

  • a) Honrar a la patria y sus símbolos;
  • b) Respetar, cumplir y obedecer todas las disposiciones del ordenamiento jurídico y las órdenes legítimas que, en la esfera de sus atribuciones, dicten los órganos del poder público;
  • c) Respetar los derechos y garantías de las demás personas;
  • d) Honrar, respetar y obedecer a sus padres, representantes o responsables, siempre que sus órdenes no violen sus derechos y garantías o contravengan al ordenamiento jurídico;
  • e) Ejercer y defender activamente sus derechos;
  • f) Cumplir sus obligaciones en materia de educación;
  • g) Respetar la diversidad de conciencia, pensamiento, religión y culturas;
  • h) Conservar el medio ambiente;
  • i) Cualquier otro deber que sea establecido en la Ley.

2. Asimismo, la Resolución 669 del año 1985 establece como deberes:

  • a) Asumir la responsabilidad de su aprendizaje y actuación estudiantil, mediante el cumplimiento de las actividades prescritas en los programas oficiales vigentes y de las tareas y trabajos que le sean asignados.
  • b) Cuidar de su presentación personal, del orden y aseo de sus útiles escolares y guardar las reglas de higiene que les garanticen la preservación de su salud.
  • c) Asistir diaria y puntualmente a las actividades educativas del plantel.
  • d) Mantener una actitud de respeto para con el personal directivo, docente, administrativo y obrero del plantel, así como con sus compañeros, acorde con la consideración que se debe guardar a la dignidad humana.
  • e) Observar dentro del plantel una conducta cónsona con su condición de estudiante y de integrante de la comunidad educativa.
  • f) Abstenerse de participar en actos contrarios a la disciplina y al orden público dentro y fuera del plantel.
  • g) Acatar y respetar las decisiones y orientaciones del Personal Directivo y docente del Plantel.
  • h) Participar en actividades de evaluación y asumir una actitud honesta que garantice la validez y confiabilidad de los mismos.
  • i) Contribuir con sus sugerencias al enriquecimiento del proceso de aprendizaje, sobre la base de los resultados obtenidos en la evaluación.
  • j) Mantener en buen estado y pulcritud el traje escolar de uso diario que le corresponde a su nivel de estudio.
  • k) Portar el distintivo que los acredita como estudiantes regulares del plantel.
  • l) Contribuir al mejoramiento, conservación y mantenimiento de los locales, dotaciones y demás bienes del ámbito escolar.
  • m) Participar activa y efectivamente en la organización, promoción y realización de actividades de formación y difusión cultural, actos cívicos, conmemorativos, deportivos y recreacionales y en otras actividades que beneficien a la comunidad y propicien las relaciones del plantel con su medio circundante.
  • n) Cumplir con las disposiciones del Reglamento Disciplinario (Art. 57 LOPNNA) del plantel.
  • o) Servir de enlace entre el plantel y el hogar a fin de facilitar la comunicación permanente.

3. Dedicarse al estudio de forma responsable, esforzándose para desarrollar sus potencialidades y cumplir con sus deberes escolares.

4. Asistir regular y puntualmente a todas las actividades escolares, con el material y los útiles necesarios para ello, salvo en los casos que sea imposible por razones debidamente justificadas y comprobadas.

5. Los Niñas, Niños y Adolescente no podrán eximirse de la asistencia a las clases de Educación Religiosa y a los Actos Religiosos programados por el Colegio (Visita a la capilla, Eucaristía, retiros, convivencias y otros).

6. No interrumpir, perturbar u obstaculizar injustificadamente el normal desarrollo de las actividades escolares.

7. Usar el traje escolar establecido por el ordenamiento jurídico venezolano y en los Acuerdos de Convivencia, salvo en los casos que ello sea imposible por causas justificadas y debidamente comprobables.

8. Cuidar su presentación y aseo personal en todo momento dentro de la institución, evitando el uso de prendas de vestir que no correspondan con el uniforme, así como accesorios extravagantes (zarcillos largos, túneles, peircings, cadenas, anillos ostentosos, entre otros) y cortes o estilos excéntricos en el cabello (Emo, Punk, Tuqui, Hip-hopper, Rock, Rasta y otros fuera de lo común). Los niños y adolescentes deben presentar cortes de cabello convencional, las niñas y adolescentes podrán tener el cabello largo siempre que lo presente en un estilo convencional y de color natural.

9. Tratar de forma digna a todos los actores del contexto escolar de la U.E. P. Colegio Nuestra Señora del Rosario.

10. Abstenerse de fumar o ingerir bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas dentro del plantel, en sus alrededores o mientras porte el uniforme escolar.

11. Abstenerse de ingresar cigarrillos, bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas, armas blancas y/o de fuego, al recinto escolar así como adquirir dichas sustancias portando el uniforme.

12. Utilizar responsablemente los equipos móviles de telecomunicación así como cualquier dispositivo electrónico. Se prohíbe el uso de equipos móviles de telecomunicaciones o cualquier dispositivo electrónico. En caso de pérdida, extravío o hurto de equipos móviles de telecomunicación o cualquier dispositivo electrónico será responsabilidad del estudiante y su representante. En caso de alguna emergencia, el niño, niña y adolescente podrá hacer su comunicación a través del teléfono de la Institución.

13. Evitar el mal uso de las Tecnologías de Informática y Telecomunicación. Queda prohibido su uso para desprestigiar a cualquier actor del contexto escolar y para difundir mensajes que atenten contra la ética, la moral y las buenas costumbres entre los actores del contexto escolar o a terceros.

14. El estudiante no debe permanecer en los alrededores de la Institución después de culminada su labor escolar. (Entrada, Edificios aledaños, canchas, plazas, centros comerciales, entre otros, portando el traje escolar)

15. Conocer y comprender los presentes Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria.

16. Obedecer y cumplir las decisiones que dicten las autoridades de la U.E.P. Colegio Nuestra Señora del Rosario, siempre que las mismas no violen los derechos y garantías previstos en este manual o en el ordenamiento jurídico venezolano.

17. Respetar y cumplir con lo establecido en estos Acuerdos de Convivencia y el resto del ordenamiento jurídico de Venezuela.